Las 74.000 personas que trabajan en aseguradoras, reaseguradoras, mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, mutualidades de previsión social, así como corredurías de reaseguro de España cuentan, desde ayer, con un nuevo convenio colectivo sectorial. Los representantes de AMAT (mutuas), Asecore (corredurías de reaseguro), CEM (mutualidades de previsión social), UNESPA (aseguradoras y reaseguradoras), así como de los sindicatos CCOO-Servicios y UGT, han firmado en Madrid el convenio que estará en vigor durante el período 2020-2024.
El acuerdo otorga un marco que regula las relaciones laborales durante un período de cinco años. Esta estabilidad contribuirá a la creación de empleo de calidad en el sector. El convenio resulta innovador porque adapta las relaciones laborales en el ámbito del seguro a las nuevas realidades tecnológicas y demandas sociales (teletrabajo, conciliación, desconexión digital…). Por último, incorpora importantes avances en materia de igualdad y corresponsabilidad que promueven la gestión sostenible de la actividad aseguradora.
Evolución salarial del seguro
Los representantes de las empresas y las personas trabajadoras han llegado a un acuerdo en torno a la evolución del salario de las personas empleadas en el sector para estos cinco años. Para 2020 se ha pactado un incremento del 0,5% sobre las tablas salariales de 2019. Para 2021 una actualización del 1%. En 2022, el aumento será también del 1% pero, si el índice de precios al consumo (IPC) de 2021 fuera igual o superior al 2%, el incremento fijo de 2022 sería del 1,2%. Si una vez finalizado 2022, el IPC del ejercicio es también igual o superior al 2%, se aplicaría una corrección adicional del 120% para el año 2022. Por último, para los ejercicios 2023 y 2024 se aplicará la fórmula tradicional que toma como referencia la evolución del producto interior bruto (PIB) corregido por el IPC.
Regulación del teletrabajo y derechos digitales
Una de las grandes novedades que incorpora el nuevo convenio colectivo es la regulación sectorial del teletrabajo. Se considera teletrabajo desarrollar a distancia al menos el 30% de la jornada laboral en tres meses de referencia. El importe por compensación de suministros se fija en 2 euros por día trabajado a tiempo completo desde casa. La empresa deberá dotar a las personas de los medios necesarios para desarrollar su labor; incluyendo, como mínimo, un ordenador, tableta, smart PC o similar. Además, las empresas podrán acordar sistemas, compensaciones y condiciones de teletrabajo sustitutivos o complementarios a los establecidos en el convenio sectorial.
Otros elementos que pasa a regular el convenio son los derechos digitales de las personas trabajadoras, entre los que figura el derecho a la desconexión. Asimismo, se ha alcanzado un acuerdo en torno al registro de jornada, que deja margen a las empresas para concretar aspectos fundamentales.
Igualdad y corresponsabilidad en el seguro
El convenio para el período 2020-2024 introduce significativos avances en materia de igualdad y corresponsabilidad en las situaciones familiares. Así, la mujer gestante tendrá derecho a una reducción retribuida del 25% de su jornada laboral a partir de la semana 30 de gestación. Se establece, igualmente, un permiso retribuido por el tiempo necesario para que el padre o la madre no gestante pueda acudir a los cursos de preparación al parto a partir del sexto mes de gestación y hasta un máximo de 10 horas. También se otorgará un permiso de un día laborable retribuido en caso de nacimiento de nieto, extensible a las situaciones de adopción o acogimiento.
El acuerdo refuerza e incorpora medidas de apoyo a las víctimas de violencia de género. Las trabajadoras que se vean en esta situación podrán solicitar una ayuda económica de hasta 1.000 euros para hacer frente a gastos de traslado de domicilio, asistencia jurídica o ayuda psicológica. Igualmente, dispondrán de permisos retribuidos para comparecer por el tiempo que fuese necesario ante los órganos judiciales y administrativos.
Vacaciones y jornada anual en el nuevo convenio colectivo
En materia de vacaciones, se establece un día adicional de descanso a partir del 1 de enero de 2024. Este incremento no afectará, no obstante, a aquellas empresas que ya tuvieran unas vacaciones de 26 o más días. A partir de esa misma fecha, la jornada laboral se reducirá en ocho horas, pasando de 1.700 horas anuales a 1.692 horas.
Relevo generacional
Para facilitar el relevo generacional, el convenio incluye una cláusula que regula la jubilación obligatoria a la primera edad ordinaria de jubilación de la persona trabajadora. Dicha jubilación conllevará, necesariamente, la contratación de un nuevo empleado por tiempo indefinido y a tiempo completo por parte de la empresa.
Desarrollo del convenio colectivo sectorial del seguro
Como viene siendo habitual, se pacta la creación de comisiones paritarias, tanto para la interpretación del convenio como para el desarrollo de elementos clave como formación, igualdad y empleo; así como un observatorio para el análisis de la realidad y evolución del sector. Igualmente. Y en lo que viene siendo una sólida estructuración de la negociación colectiva sectorial, el convenio se configura como marco mínimo de aplicación, articulándose complementariamente a nivel de empresa o grupo a través de convenios o pactos colectivos que desarrollan y mejoran el marco sectorial.
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