La sanidad privada denuncia que el texto definitivo del proyecto de Ley de Equidad, Universalidad y Cohesión del Sistema Nacional de Salud (SNS) aprobado el pasado martes en Consejo de ministros modifica los artículos 47 y 90 de la Ley General de Sanidad para otorgar la condición de excepcional a cualquier fórmula de colaboración público-privada sin distinción, ya sean conciertos, concesiones, contratos u otras fórmulas de colaboración para la prestación de servicios sanitarios.
La Alianza de la Sanidad Privada Española ha estimado, con un promedio conservador de ahorro, que tan solo la eliminación de conciertos propuesta en la Ley de Equidad le supondría a la sanidad pública un gasto de 2.746 millones de euros anuales, teniendo en cuenta que esta fórmula de colaboración público-privada supone, mínimo, un ahorro del 25% para las arcas públicas y que la partida presupuestaria destinada a conciertos se sitúa en torno a los 8.240 millones de euros, el 11% del total del gasto sanitario.
Condiciones más ventajosas si hay colaboración en la sanidad
La patronal de la sanidad privada recuerda en un comunicado que “el sistema de conciertos opera en condiciones significativamente más ventajosas en costes que a precio público. Así, los precios medios concertados de procedimientos como cataratas, intervenciones de cadera o rodilla, entre otros, son entre un 25% y un 69% menores”.
De otro lado, y en lo referente a otra fórmula habitual de cooperación contemplada en la Ley General de Sanidad, la de las concesiones administrativas, el ahorro roza los 354 millones de euros solo atendiendo a los 9 casos de distritos de salud pertenecientes a La Rioja, Comunidad Valenciana y Comunidad de Madrid.
Indeterminación sobre concesiones de salud y procesos de reversión
ASPE también señala que la aplicación transitoria de la ley prevista en la disposición transitoria primera hace una única distinción entre conciertos y concesiones; ya que señala que no se aplicará a los conciertos que se encuentren vigentes a la entrada en vigor de la ley, pero sí a las concesiones administrativas “que tengan por objeto la gestión y administración directa de las estructuras y servicios que integran el Sistema Nacional de Salud”.
Por tanto, y tal como advierte el presidente de ASPE, Carlos Rus; “el texto definitivo del proyecto de Ley de Equidad no aclara cómo puede afectar a las concesiones de salud ya en vigor«.
A su vez, el texto incluye un requerimiento al Gobierno para que promueva, en el plazo de 12 meses, las medidas legales oportunas. Para clarificar y complementar el régimen jurídico aplicable a los procesos de reversión como los de Alzira y Torrevieja. Estas medidas pueden ser de todo tipo, incluida la aprobación de otras normas con rango de ley que precisarán de su correspondiente tramitación parlamentaria.
Sobrecoste por el fin de la concesión de Alzira
Es preciso mencionar que, en el caso de Alzira, el fin de su concesión ha generado un sobrecoste de 76 millones de euros. Y ha triplicado las listas de espera, según los datos oficiales publicados por la propia Comunidad Valenciana. Y algo similar en el caso de Torrevieja. Allí, según un informe del COMPAS (Compensación intercentros y control financiero de las concesiones) de la Conselleria de Sanidad, el Departamento de Salud de Torrevieja era el más eficiente de todos los de la Generalitat Valenciana; suponiendo un ahorro del gasto corriente público en torno a 45 millones de euros anuales, equivalente a un 30% de ahorro sobre el gasto medio de hospitales de gestión pública de este tipo.
Fuente: ASPE
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