Lesiones causadas por vehículos a la fuga: ¿a quién reclamamos?

Lesiones causadas por vehículos a la fuga: ¿a quién reclamamos?

El Consorcio de Compensación de Seguros (CSS), como responsable subsidiario, es el órgano responsable de cargo de la indemnización en aquellos casos en los que se produzcan daños en un accidente con un vehículo desconocido o sin seguro.

Si bien los accidentes con vehículos desconocidos o sin seguro son situaciones menos frecuentes, lamentablemente pueden ocurrir. En estos casos, es de suma importancia tomar en consideración la intervención del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) al reclamar por las lesiones sufridas. Según expertos de Sanahuja Miranda, entidad pública con personalidad jurídica propia, opera conforme a normativas legales privadas, como la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y la Ley de Contrato de Seguro.

La importancia del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS)

El CCS desempeña funciones aseguradoras y no aseguradoras, actuando como asegurador directo en ausencia de participación del mercado privado. También lo hace como fondo de garantía en circunstancias de falta de seguro o insolvencia del asegurador. Así, asume el pago de la indemnización al damnificado en calidad de organismo de compensación.

En situaciones específicas, como accidentes con vehículos desconocidos o sin seguro, el CCS, en calidad de responsable subsidiario, es el encargado de indemnizar los daños dentro del territorio español y hasta el límite cuantitativo del aseguramiento obligatorio.

Reclamaciones y coberturas: la función del Consorcio Compensación de Seguros en detalle

En accidentes con vehículos desconocidos, el CCS cubre daños a personas cuando el vehículo causante se da a la fuga o es desconocido, siendo imposible identificarlo. En casos graves, con consecuencias como muerte o incapacidad, el CCS también indemniza los daños en bienes, con una posible franquicia reglamentaria de hasta 500 euros.

Cuando los accidentes ocurren con vehículos sin seguro, el CCS asume la responsabilidad por los daños a personas y bienes ocasionados por un vehículo estacionado habitualmente en España. Además, cubre daños en territorio español a personas con residencia habitual en España; o bienes de su propiedad situados en España, cuando el vehículo no esté asegurado.

En resumen, en accidentes donde conocemos al autor, podemos reclamar a la compañía de seguros contraria. En casos de vehículos desconocidos o sin seguro, se debe recurrir al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) para la reclamación.

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