¿Los bomberos pueden contratar un seguro de vida?

Seguros de vida para bomberos. Noticias de seguros

Esta semana se celebra el Día Internacional de los Bomberos, una fecha que encumbra la labor de estos profesionales que ponen en riesgo su vida diariamente en rescates, apagando incendios, protegiendo el medioambiente, etcétera. De hecho y tal y como apunta Acierto.com, la suya es una profesión de alto riesgo, es decir, una profesión cuyo desempeño pone en juego su integridad física y su vida. ¿Pueden contratar un seguro de vida entonces?

Cómo consideran las aseguradoras las profesiones de riesgo como la de los bomberos

Tal y como sucede con otros colectivos como el de los policías, mineros, pilotos… Son muchas las aseguradoras que optan por no permitirles contratar pólizas de vida. Y las que sí lo hacen habitualmente incluyen primas muy superiores a las del resto de trabajadores.

De hecho, una de las primeras preguntas que hacen las aseguradoras cuando alguien está interesado en contratar un seguro de vida es su profesión. En función de ellas las compañías estiman los riesgos y opciones de sufrir un accidente.

Y es que precisamente la finalidad de un seguro de vida es que los beneficiarios reciban una indemnización económica en caso de que el asegurado fallezca o sufra una incapacidad –según las coberturas–. La idea es que la compensación les ayude a enfrentarse a la nueva situación. Sin embargo, existen otras opciones para los bomberos.

En el caso de un bombero, la profesión debe estar explícitamente declarada y aceptada por la compañía. De lo contrario, en caso de fallecer durante sus labores como bombero, no estará cubierto por la póliza.

Una póliza de Vida-Riesgo para bomberos

La más habitual en estos casos es recurrir a una póliza de Vida-Riesgo, cuyas características son un tanto distintas a las de un seguro de vida convencional. Estamos hablando de que la compañía tiene que cubrir un riesgo mayor, pues las posibilidades de que la persona tenga un siniestro son más elevadas.

El objetivo de este producto es proteger al beneficiario de la póliza, habitualmente los familiares del tomador. La cobertura básica de producto es, por tanto, el fallecimiento por cualquier causa. También es posible incluir la invalidez permanente absoluta y la incapacidad permanente total, entre otras.

En cuanto a esta primera, la invalidez permanente absoluta es aquella situación física irreversible que conlleva que el asegurado no pueda trabajar. La invalidez permanente total se refiere a que la persona no pueda desarrollar su profesión pero sí otras. Por otra parte, se puede optar por un seguro de vida temporal o de vida entera.

Estos primeros suelen ser más baratos y cubren el fallecimiento prematuro siempre y cuando este ocurra antes de que termine el contrato. Los seguros de vida entera tienen cobertura vitalicia: se trata de un seguro para toda la vida que podrá ser rescatado por el titular si lo necesitara o cobrado por sus beneficiarios o herederos legales en caso de fallecimiento. Es decir, la principal diferencia es el tiempo por el que se contrata.

¿Un seguro de vida colectivo para profesiones de riesgo?

Más allá de las pólizas personales, algunas empresas y colectivos profesionales ofrecen seguros de vida colectivos a sus trabajadores o miembros –en algunas ocasiones incluso están obligados a hacerlo por convenio–. En estos casos igualmente es posible contratar un seguro de vida que lo complemente (habitualmente se hace para incluir coberturas adicionales).

Por ejemplo, unos de los trabajadores de riesgo que cuentan con una póliza de este tipo son los miembros de las Fuerzas Armadas, que tienen un seguro de vida colectivo contratado por el Ministerio de Defensa.

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