Newcorred pide a las compañías que emitan las facturas de comisiones en nombre de sus miembros cuando entre en vigor la SII



Los nuevos corredores y corredurías quieren evitar que la operativa les suponga “una tarea innecesaria”

El próximo 1 de julio entrará en vigor de la nueva operativa sobre la normativa SII referente a la emisión de facturas, contemplada en el artículo 5 del nuevo reglamento de facturación 596/2016 de 2 de diciembre.

Aunque esta nueva operativa afecta directamente a todas las entidades aseguradoras, desde Newcorred consideran que “también nos afecta indirectamente a todos los corredores y corredurías. Lo hace en la medida de que los datos consignados en la factura de las comisiones que nos pagan las entidades aseguradoras deberán ser comunicados de manera rápida a la Administración Tributaria tal y como requiere la nueva normativa”.

Desde Newcorred se ha mandado un comunicado a todas las entidades aseguradoras informando de su decisión de acogerse a la posibilidad que les permite el artículo 5 del reglamento de facturación 596/2016 de 2 de diciembre. Por este se permite que esta obligación de emitir la factura pueda ser cumplida materialmente por la propia compañía de seguros “en nombre del corredor o correduría”. Eso sí, siempre teniendo en cuenta que el responsable del cumplimiento de las obligaciones de facturación es el empresario o profesional que presta el servicio -los corredores- aunque autoricen a que la emita la compañía.

“Desde Newcorred, como representantes de los nuevos corredores y corredurías, todo emprendedor que empieza su actividad profesional, solicitamos a las entidades aseguradoras que establezcan los procesos necesarios para emitir nuestras facturas de comisiones en nuestro nombre”, reza el comunicado  enviado a las compañías de seguros.

La asociación basa su petición en dos motivos principales: “por un lado, evitarnos tareas y cargas innecesarias que nos impidan dedicar nuestro tiempo, esfuerzo y recursos principalmente a la venta de pólizas y captación de clientes; por otro lado, para agilizar dichos procesos de facturación, evitando posibles errores, retrasos y los correspondientes perjuicios que ello puede acarrear a las entidades aseguradoras para tener la información en tiempo y forma”.

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