La CNMC reanuda el proceso de aprobación de la fusión de las funerarias de Mapfre y Santalucía

La CNMC solicita a ADECOSE información adicional sobre las denuncias por posibles prácticas anticompetitivas de entidades financieras en la distribución de seguros en los préstamos ICO

La Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMC) emitió ayer un comunicado en el que afirma que investiga la posible ejecución de varias operaciones de concentración en los mercados de seguros de decesos y de prestación de servicios funerarios notificables sin contar con la necesaria autorización previa prevista en el artículo 9.5 de la LDC (lo que se conoce como “gun jumping”).

El anuncio de Competencia ha causado cierto revuelo entre las compañías del ramo, ya que tal y como explica la nota de la CNMC, parece que la totalidad del sector está bajo la lupa del supervisor de la competencia por malas prácticas, cuando, previsiblemente, se trata de un paso más en el estudio de una operación concreta entre dos compañías ya anunciada en junio de 2019.

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Imagen de la firma del acuerdo entre Mapfre y Santalucía en junio de 2019.

La operación que investiga la CNMC se trata, según confirman fuentes del sector a Expansión y El País, la fusión planteada en junio de 2019 de Funespaña y Albia, las empresas de servicios funerarios de Mapfre y Santalucía, respectivamente. Si la fusión sale adelante con el beneplácito de la CNMC, la empresa resultante superará a Mémora, la mayor funeraria del mercado español.

Competencia explica que está investigando la posible coordinación previa entre las empresas partícipes y el suministro a la Comisión de información “incompleta, incorrecta, engañosa o falsa”, explica el organismo en un comunicado.

Las prácticas afectarían a los mercados de seguro de decesos y de prestación de servicios funerarios integrales y podrían constituir infracciones de los artículos 62.3 d), 1.1 y 62.2 c) de la LDC. Dichas prácticas se habrían desarrollado tanto antes como después de la notificación de la operación de concentración a la CNMC.

Inspección de Competencia

Competencia señala que se trata de la primera inspección que se realiza en el marco del análisis de una concentración económica notificada. Y lo hace después de que la situación sanitaria provocada por el COVID-19 obligara al organismo a suspender su actividad de inspección. Así, el anuncio formaría parte del proceso habitual de inspección del organismo.

“Las inspecciones suponen un paso preliminar en el proceso de investigación de las supuestas conductas anticompetitivas y no prejuzgan el resultado de la investigación ni la culpabilidad de las empresas inspeccionadas”, señala el organismo.

Posibles sanciones de Competencia

Además, si como resultado de la inspección se encontrasen indicios de prácticas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia, se procederá a la incoación formal de expediente sancionador. Los acuerdos entre competidores constituyen una infracción muy grave de la legislación de competencia, que puede conllevar multas de hasta el 10% del volumen de negocio total de las empresas infractoras.

La investigación de los cárteles es una de las prioridades de actuación de la CNMC, dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores y sobre el correcto funcionamiento de los mercados. Para ello se cuenta, entre otros, con el programa de clemencia, que permite a las empresas que forman parte de un cártel beneficiarse de la exención del pago de la multa, siempre y cuando aporten elementos de prueba que posibiliten a la CNMC su detección. O de una reducción del importe de la multa que pudiera imponérsele, si aporta información con valor añadido significativo, en relación con una investigación ya iniciada por la CNMC, explica el supervisor de los mercados.

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