Las herencias de viviendas son más ventajosas que las donaciones en la mayoría de las comunidades autónomas.
Arag analiza las formas fiscales más favorables a la hora de transmitir patrimonio de padres a hijos, una herencia o una donación.
El análisis parte de dos situaciones, la transmisión de un bien inmueble con un valor de 150.000 euros y de dinero por el mismo valor. “Debemos tener en cuenta que cada Comunidad Autónoma tiene capacidad legislativa en este ámbito y puede regular reducciones y bonificaciones”, explica María Esther González, abogada fiscalista de ARAG.
Sin apenas diferencia
En Andalucía, Aragón, Canarias, Cantabria, Castilla y León, La Rioja, Madrid y Murcia la diferencia es poco significativa. Los donantes deberían analizar su tributación en el IRPF para determinar si les merece la pena donar o esperar a su fallecimiento para hacer entrega de los bienes.
Mejor heredar
En Álava, Baleares, Castilla La Mancha, Cataluña, Ceuta, Melilla, Extremadura, Guipúzcoa, Navarra, Valencia y Vizcaya es mucho más económica la opción de heredar. La tributación de una herencia de dinero de 150.000 euros o de un inmueble por el mismo valor es de 0 euros. Arag recomienda transmitir el patrimonio por vía hereditaria en estas comunidades.
En el caso de Asturias, tanto la herencia como la donación de dinero sí estarían recomendadas frente a la donación de un inmueble, totalmente desaconsejado. Por último, María Esther González desaconseja la realización de donación de una vivienda en Galicia, “pero se podría acudir a la figura del derecho foral gallego denominada pacto de mejora cuyo efecto sería idéntico al de una donación y cuya tributación sería la de sucesiones: 0 euros”.
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