
Desde el 26 de julio, todos los vehículos a motor que circulen por recintos portuarios o aeroportuarios deben estar cubiertos por el seguro obligatorio, con importantes novedades para las zonas de acceso restringido
Con la entrada en vigor de la Ley 5/2025, de 24 de julio, se ha producido un cambio normativo de gran relevancia para la movilidad en puertos y aeropuertos en España. Desde el pasado 26 de julio, todo vehículo a motor que circule por estos espacios debe contar con el seguro obligatorio de circulación, independientemente de que transite por zonas reguladas o no por la legislación de tráfico. Sigue leyendo